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La factura electrónica – fel. parte 2

La factura electrónica – fel. parte 2

agosto 15, 2020

¿Qué hacer cuando el volumen de su facturación supera la agilidad de facturar en el portal de la SAT? ¿Necesita subir sus facturas al sistema administrativo de forma automática?

Después de haber planteado el panorama general de este tema, según lo describimos en la primera parte de este asunto, el cliente que se interesa en utilizar la factura electrónica FEL fuera del portal que la SAT propone, puede contactarnos para solicitar una propuesta de contratación personalizada, de manera que le podamos hacer una oferta lo más apegada a sus necesidades. Lo hacemos de esa forma porque creemos que nuestros clientes merecen ser tratados individualmente, de manera que sus controles sean los más precisos posibles.

Al momento en que nuestro cliente acepta la negociación procedemos a instalar el módulo FEL en el ambiente de trabajo que el usuario elige y enlazarlo con los demás sistemas administrativos que el cliente selecciona según sus propias necesidades (Contabilidad, Caja y Bancos, Cuentas por Cobrar, Cuentas por Pagar, etc). Le sugerimos advertir que todos nuestros módulos -el FEL también- pueden ser adquiridos (compraventa), alquilados (renta) o contratados por uso.

Al tiempo que esto se realiza, el cliente selecciona su “Certificador de DTE”, que la misma SAT define como “la persona individual o jurídica autorizada por la SAT para encargarse de certificación de los Documentos Tributarios Electrónicos de los emisores que le hayan otorgado acreditación.” ( https://portal.sat.gob.gt/portal/certificador-de-dte/). Hace su propia negociación en la que debe considerar, entre otras cosas, la proyección anual de facturas a emitir y la forma en que pagará el servicio; las ventajas y beneficios que cada certificador ofrece.

Cuando el contacto entre el Certificador y Servir está hecho, el primero habilita un “portal de pruebas” que se utiliza para configurar los documentos (DTE) del usuario (cliente). Recuerde que en este punto nos referimos a facturas, notas de crédito y de débito, entre otros archivos.

Completadas a satisfacción las pruebas, lo cual implica que Servir, el Certificador y la SAT asigna una “llave” a cada documento (código que identifica cada operación) y que permite a los sistemas individualizar la transacción. Es en este punto en que el usuario puede empezar a emitir los DTE y acceder al portal de la SAT para verificar todos los documentos recibidos (por ejemplo: facturas de compras realizadas) y emitidos (por ejemplo: facturas hechas por ventas de productos y/o servicios).

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